Una vez que la empresa emite una factura por el bien o servicio, puede seleccionar la/s factura/s que desea financiar con la entidad financiadora que más le convenga.
Por otro lado se le notificará al adquiriente que dicha factura está siendo cedida y el mismo contará con ocho días para dar la conformidad al documento. Si, al término de este periodo, el cliente no se manifiesta sobre la aprobación del título valor, se asume la aceptación irrevocable de la factura negociable.
Desde ese momento, o desde que el adquirientes acepta, la entidad financiadora sino tiene ninguna observación de la factura, entrega el dinero al proveedor aplicando el mencionado descuento a modo de comisión para, de esta manera, pasar a ser el poseedor del título valor.